Ministerio de Industria y Turismo

Hasta 7.500 € por furgoneta eléctrica, y hasta diez vehículos

El Estado paga parte de la compra de vehículos eléctricos a empresas y autónomos. Autónomos y microempresas cobran más que el resto: 7.500 € por furgoneta y 6.000 € por turismo. Vale la compra, el renting y el leasing, y se resuelve por orden de llegada.

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Siete preguntas, un minuto y ningún dato personal hasta que usted quiera. Al terminar verá el importe estimado y qué falta por resolver.

El plazo termina el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, pero se concede por orden de presentación hasta agotar el presupuesto. Y hay algo que no tiene arreglo después: el descuento de 1.000 € del Programa Auto+ tiene que venir en la factura, y eso se pacta con el concesionario antes de firmar.

En qué consiste

El Programa Auto+ incentiva la compra de vehículos eléctricos y electrificados. Tiene dos líneas: la 1 para particulares y la 2, que es ésta, para empresas y autónomos. Está dotada con 50 millones de euros, de los cuales 8 millones están reservados a profesionales autónomos y no compiten con los de las empresas.

Los límites por beneficiario son de diez vehículos para empresas y tres para personas físicas con actividad económica.

Cuánto se cobra

Importe máximo por vehículo, según quién compra y qué compra:

  • Autónomos y microempresas: 7.500 € furgoneta o camión ligero (N1) · 6.000 € turismo (M1) · 1.500 € cuadriciclo (L6e, L7e) · 1.100 € moto o triciclo (L3e, L4e, L5e).
  • Resto de empresas: 5.000 € furgoneta · 4.500 € turismo · 1.500 € cuadriciclo · 1.100 € moto o triciclo.

Ese máximo no se cobra automáticamente. La ayuda se calcula sumando porcentajes de ese tope, y solo llega al 100 % si el vehículo cumple todo:

  • Criterio eléctrico: 50 % si es eléctrico puro; 25 % si es híbrido enchufable o de autonomía extendida. Siempre con etiqueta CERO.
  • Criterio económico: 25 % si el turismo cuesta hasta 35.000 €, 15 % si pasa de ahí. Para el resto de vehículos, 25 %.
  • Criterio europeo: 15 % si el montaje final se hizo en una planta de la UE, y 10 % más si la batería se ensambla en la UE.

Dicho de otro modo: un autónomo que compre una furgoneta eléctrica pura de montaje europeo se acerca a los 7.500 €; la misma furgoneta híbrida enchufable y de montaje extracomunitario se queda cerca de la mitad.

Requisitos

  • Ser empresa con personalidad jurídica propia, de cualquier tamaño, o persona física con actividad económica dada de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  • Etiqueta CERO de la DGT: eléctrico puro, de autonomía extendida o híbrido enchufable.
  • Categoría elegible: turismo M1, furgoneta o camión ligero N1, motocicleta o triciclo L3e, L4e y L5e, o cuadriciclo L6e y L7e.
  • Matriculado en España, y una de estas dos cosas: nuevo con primera matriculación posterior al 1 de enero de 2026, o comprado en concesionario con primera matriculación desde el 1 de enero de 2025 y menos de doce meses hasta la factura.
  • Descuento de al menos 1.000 € en factura, identificado inequívocamente como del Programa Auto+, en turismos y furgonetas nuevos.
  • Al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social en el momento de la concesión.

Topes de precio

  • Turismos de hasta siete plazas: el vehículo no puede costar más de 45.000 €. Los de ocho y nueve plazas no tienen ese tope.
  • Motocicletas y triciclos: máximo 10.000 €.
  • Los precios se cuentan en factura, sin impuestos, con todos los extras y servicios incluidos y ya aplicados los descuentos comerciales.

Quién queda fuera

  • Los particulares sin actividad económica: tienen la Línea 1, con otros importes y otro trámite.
  • Los concesionarios y puntos de venta cuyo epígrafe del IAE sea el 615.1 o el 654.1.
  • Los vehículos sin etiqueta CERO, incluidos los híbridos no enchufables.
  • Los contratos de renting o leasing de menos de tres años.

Por qué se quedan sin la ayuda quienes podrían cobrarla

  • Firmar el pedido antes de hablar del descuento. La factura debe acreditar un descuento de al menos 1.000 € con un concepto que lo identifique como del Programa Auto+. Lo aplica el concesionario: si no se pacta antes, la ayuda decae y no hay forma de rehacerlo.
  • Elegir el turismo por encima de 45.000 €. Es un tope del vehículo, no de la ayuda: a partir de ahí no hay nada, salvo en los M1 de ocho y nueve plazas.
  • Contratar el renting a dos años. El contrato debe ser de tres años como mínimo. Un año menos cuesta toda la ayuda.
  • Dar por hecho el importe máximo. Lo que se cobra depende del tipo de motor, del precio y de dónde se montaron el vehículo y la batería. Conviene saberlo antes de elegir modelo, no después.
  • Esperar. Se resuelve por orden de presentación hasta agotar los 50 millones.

Comprobamos qué modelo le deja mejor ayuda, dejamos por escrito con el concesionario el descuento que debe figurar en factura, y presentamos la solicitud como sus representantes en el sistema del Ministerio.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si el vehículo va a renting?

Sí. Se admiten el leasing financiero y el renting o leasing operativo formalizados en España, con contrato de tres años como mínimo. En ese caso la matriculación puede estar a nombre de la empresa de renting o leasing.

¿Tiene que ser un vehículo nuevo?

No necesariamente. Entran los nuevos matriculados por primera vez después del 1 de enero de 2026 y también otros vehículos comprados a través de un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador, cuya primera matriculación sea posterior al 1 de enero de 2025, siempre que no hayan pasado doce meses entre esa matriculación y la fecha de factura.

Soy autónomo, ¿compito con las grandes empresas por el dinero?

No. La convocatoria reserva 8 de los 50 millones a profesionales autónomos, en una aplicación presupuestaria distinta de la de las empresas privadas. Además, los importes máximos para autónomos y microempresas son más altos.

¿Cuántos vehículos puedo pedir?

Hasta diez por beneficiario si es una empresa, y hasta tres si es una persona física que desarrolla una actividad económica.

¿La ayuda tributa?

Sí. Se integra como ingreso de la actividad económica del ejercicio en que se concede, con efecto en los pagos fraccionados y en la declaración anual.

Resumen divulgativo elaborado por Valentramites a partir de la Orden de 22 de septiembre de 2026 del Ministerio de Industria y Turismo por la que se convoca la Línea 2 del Programa Auto+, y del Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, que la regula (BDNS 931088). No sustituye al texto oficial publicado en el BOE, que es el único vinculante.

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El descuento del Programa Auto+ tiene que constar en la factura, y eso se pacta antes. Comprobamos qué modelo le deja más ayuda, lo dejamos por escrito con el concesionario y presentamos la solicitud como sus representantes.

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